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A quiénes no les aplica el aumento del salario mínimo 2026

En medio de la discusión del salario mínimo para 2026, Ante la pregunta se repite entre trabajadores y empleadores sobre a quienes no les aplica el aumento del salario mínimo de 2026, el marco legal parte de una regla básica del Código Sustantivo del Trabajo-CST que dice que cuando el Gobierno fija un nuevo mínimo, este “modifica automáticamente los contratos de trabajo” en los que se haya pactado un salario inferior.

En la práctica, el incremento es obligatorio para quienes devengan un salario mínimo o quedarían por debajo del nuevo piso.

El CST no cobija, en cambio, a quienes no tienen relación laboral. Ahí aparecen dos grupos frecuentes que son: 1. personas en informalidad sin contrato y sin afiliación regular a seguridad social, y 2. trabajadores independientes o vinculados por prestación de servicios, cuyos pagos no constituyen salario en los términos del régimen laboral ordinario.

En ambos casos, el aumento del mínimo no opera como reajuste automático porque no existe un contrato de trabajo al que “se le aplique” el efecto del artículo 148.

Para quienes ganan más de un salario mínimo, la regla es distinta, puesto que la ley no obliga a un aumento generalizado por el solo hecho de subir el mínimo. La consultora Buk lo resume así: “El Código Sustantivo del Trabajo no establece aumentos obligatorios para quienes ganan más del salario mínimo”. Sin embargo, esa discrecionalidad tiene límites, especialmente cuando se mantienen salarios congelados por largos periodos o se crean brechas sin justificación.

La Corte Constitucional, en la Sentencia T-276 de 1997, advirtió que la ausencia de ajuste puede afectar el poder adquisitivo y derivar en ventajas indebidas. “Cada período que transcurre sin aumento implica una disminución real de la remuneración” y puede traducirse en “enriquecimiento sin causa” del empleador, además de riesgos de discriminación si trabajadores en condiciones similares reciben tratos salariales distintos sin razones objetivas.

Hay otro grupo que suele generar confusión y son los servidores públicos, cuyos incrementos se determinan por acuerdos y decretos propios del sector estatal, no por la regla automática del CST.

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