Procuraduría absuelve a funcionarios por contrato de comodato de la Clínica La 80 durante la pandemia
La Procuraduría General de la Nación emitió fallo absolutorio al considerar que no se logró probar el cargo relacionado con el contrato de comodato celebrado entre el Distrito de Medellín y Saludcoop para habilitar la Clínica La 80 durante la emergencia sanitaria por COVID-19.
El proceso cuestionaba la celebración del contrato debido a que Saludcoop figuraba en el Boletín de Responsables Fiscales, circunstancia que, según el planteamiento inicial de una delegada de la Procuraduría, le impedía celebrar contratos con entidades públicas.
Sin embargo, al analizar el caso, el Ministerio Público concluyó que las condiciones excepcionales que atravesaba el país por la pandemia exigían adoptar medidas urgentes para disponer de infraestructura hospitalaria y atender a los pacientes contagiados.
En ese contexto, la Procuraduría consideró que la necesidad de habilitar la Clínica La 80 para la atención de pacientes con COVID-19 y contribuir a salvar vidas estaba por encima de formalismos asociados a la contratación, especialmente frente a una circunstancia como el reporte en el Boletín de Responsables Fiscales.
Además, el organismo tuvo en cuenta la orden impartida por la Superintendencia Nacional de Salud para la celebración del contrato de comodato.
Con base en estos elementos, la Procuraduría determinó que la actuación de la Secretaría de Salud de Medellín se ajustó a derecho y que no existían pruebas suficientes para establecer responsabilidad disciplinaria. Por ello, decidió absolver a los funcionarios involucrados en el proceso.




