Gobierno prohíbe la importación de mercancías producidas con trabajo forzoso
El Gobierno nacional expidió el Decreto 1444 de 2026, una normativa que prohíbe de manera tajante la importación hacia Colombia de cualquier mercancía elaborada total o parcialmente bajo condiciones de trabajo forzoso u obligatorio. La medida abarca toda la cadena de suministro —desde la extracción, cultivo y cosecha, hasta la manufactura, procesamiento y acabado— y faculta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para ejercer estrictos controles, fiscalizaciones y posibles decomisos de los bienes que incumplan la disposición.
La nueva reglamentación se adopta como respuesta directa al arancel del 12,5% impuesto por Estados Unidos a los productos colombianos, bajo el argumento de que el país presentaba esfuerzos insuficientes frente a esta problemática. Con esta herramienta jurídica, fundamentada en el artículo 17 de la Constitución y en los convenios internacionales de la OIT, la administración busca que el socio norteamericano levante las tarifas punitivas y se blinde el comercio nacional contra violaciones graves de los derechos humanos.
Gremios como la Cámara de Comercio Colombo Americana, en cabeza de Maria Claudia Lacouture, celebraron la iniciativa por incorporar garantías de debida diligencia empresarial y controles focalizados que resguardan la competitividad, al tiempo que aseguran un flujo responsable de insumos para la producción nacional.




