El Ministerio de Justicia, con la firma del presidente Abelardo De La Espriella y el ministro Iván Cancino, expidió el Decreto 1446 de 2026, una norma que modifica las reglas de reparto de las acciones de tutela para establecer que los recursos jurídicos interpuestos directamente contra el jefe de Estado vuelvan a ser conocidos en primera instancia por el Consejo de Estado.
La disposición revoca parcialmente el cambio introducido en julio de 2025 por la administración anterior (Decreto 799), que había delegado estos procesos en los jueces de circuito. Si bien se mantiene la regla general para la mayoría de autoridades nacionales —las cuales continuarán en despachos de circuito—, el nuevo decreto crea excepciones específicas dirigidas al alto tribunal contencioso administrativo. Entre ellas se encuentran las tutelas por actuaciones u omisiones del presidente en ejercicio de sus funciones, las que involucren competencias directas del artículo 189 de la Constitución y aquellas demandas conjuntas donde el mandatario figure como accionado principal.
Desde el punto de vista formal, la cartera de Justicia precisó que el reparto se basará estrictamente en quienes figuren en la solicitud sin entrar a prejuzgar responsabilidades. El Gobierno argumentó que la decisión busca otorgar un tratamiento institucional consecuente con el alcance nacional e internacional de las decisiones presidenciales, aclarando que la medida no altera los fundamentos constitucionales de la tutela ni crea un fuero especial, sino que reasigna administrativamente una función jurisdiccional propia del Consejo de Estado.




