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Corte Constitucional deja en firme la mayor parte de la reforma pensional y aplaza su vigencia hasta abril de 2027

La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló la legalidad de la mayor parte del articulado de la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro, adoptando una decisión de 7 votos contra 1 con salvamento de voto del conjuez Carlos Pablo Márquez. Si bien el alto tribunal ratificó la constitucionalidad del núcleo del nuevo sistema basado en cuatro pilares, determinó devolver diez disposiciones a la Cámara de Representantes para corregir fallas en el trámite legislativo, otorgando un plazo perentorio de 30 días hábiles para su subsanación y eventual conciliación con el Senado en la presente legislatura, además de postergar la entrada en vigencia general de las normas avaladas hasta el 1 de abril de 2027.

Con este pronunciamiento quedaron en firme los componentes estructurales del modelo, entre ellos los pilares solidario, semicontributivo y contributivo, la cotización obligatoria del 16 %, la creación del Fondo de Ahorro administrado por el Banco de la República, las normas sobre invalidez y sobrevivientes, y el régimen de transición fijado en 750 semanas para mujeres y 900 para hombres. Mientras defensores de la iniciativa celebraron el respaldo jurídico a los derechos laborales y a la estructura previsional, sectores de oposición y analistas jurídicos cuestionaron fuertemente la viabilidad fiscal futura y la figura de otorgar nuevos plazos para corregir vicios de procedimiento, advirtiendo que la Corte aún tiene pendiente resolver demandas ciudadanas de fondo contra la ley.

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