Gobierno reversa restricción del 30% a inversiones de fondos de pensiones en el exterior
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó para comentarios ciudadanos un proyecto de decreto que desmonta la restricción que impedía a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) destinar más del 30 % de sus portafolios a activos internacionales. La iniciativa deroga formalmente el Decreto 0369 de 2026 y ajusta el Decreto 2555 de 2010, permitiendo que las decisiones de colocación de recursos del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) se definan exclusivamente bajo criterios técnicos de rentabilidad, riesgo y liquidez, sin que la ubicación geográfica de los instrumentos represente una barrera regulatoria.
El cambio de política responde a evaluaciones técnicas elaboradas por la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) junto con el propio Ministerio de Hacienda. Los análisis advirtieron que mantener un límite rígido a los activos foráneos deterioraba la ecuación financiera de los fondos al concentrar excesivamente el riesgo en el mercado local y restringir el acceso a rendimientos globales más competitivos:
“La imposición de un límite del 30% para inversiones en el exterior para AFP, puede generar una afectación en la relación riesgo-retorno de los portafolios (aumento de riesgo y disminución del rendimiento esperado)”, sostiene el texto de la norma proyectada.
Con la eliminación de este techo, las administradoras recuperan autonomía para diversificar el ahorro pensional de millones de cotizantes en instrumentos bursátiles e inmobiliarios de mercados desarrollados y emergentes. Según las autoridades económicas, la medida alinea al sistema pensional colombiano con los estándares internacionales de gestión fiduciaria a largo plazo, fortaleciendo la sostenibilidad de las cuentas individuales y garantizando una mayor protección del capital de los trabajadores frente a la volatilidad económica doméstica.




